La vivienda del matrimonio ¿Quién se queda con ella?
La atribución del uso de la vivienda familiar es un aspecto en los divorcios que suscita controversias entre los cónyuges a menudo; sin embargo es fundamental la siguiente información, por cuanto la Ley regula y ordena cada supuesto.
- En los casos de divorcio en que haya hijos menores de edad o mayores pero dependientes económicamente y sin independizar; la vivienda será atribuida en su uso y disfrute al progenitor custodio; es decir, a quien se quede viviendo con los hijos.
- En los supuestos de divorcios donde no existan hijos o éstos fuesen mayores de edad e independizados; el Juez atribuirá el uso de la vivienda a quien considere económicamente más desprotegido; o dicho de otro modo según el interés familiar más necesitado de protección.
- En aquellos casos de divorcio en los que no existiendo hijos o siendo éstos mayores de edad e independientes, ninguno de los cónyuges represente un interés familiar necesitado de protección; es decir cuando los dos son capaces de trabajar y tienen ingresos parecidos; puede acordarse que se repartan el uso por tiempos determinados (por ejemplo seis meses al año cada uno) mientras venden la vivienda; u otras alternativas como que se venda la vivienda a un tercero y los cónyuges se repartan el dinero.
Cada divorcio es personal y es importante que el abogado le aconseje en su caso particular para determinar, conforme a la legalidad, cuál es el supuesto más acorde a su supuesto.