Foro · Todo sobre el divorcio

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Foro - divorcio económico

Valencia pregunta:

Disolución de régimen de bienes gananciales
Mi marido y yo queremos hacer disolución de nuestros bienes, pero ya nos divorciamos hace varios años.  Los dos estamos de acuerdo en que el reparto no se haga al 50%. ¿Podría decirnos un abogado si esto es legal? ¿Qué debemos hacer?

El abogado responde:

No hay ningún problema por relizar el reparto económico con posterioridad al divorcio. La disolución formal de un régimen económico (entiendo que de gananciales), en el caso de no haber hijos (me faltaría ese importante dato); es preferible que, para evitarse problemas fiscales, sea acorde con un reparto que se aproxime al 50%. En el caso de preferir otra alternativa de  partición de los bienes; debería pagarse Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales y sería una cantidad considerable de dinero. Sería bueno que un abogado os aconsejara solamente en la redacción del borrador del reparto; porque los trámites son sencillos de realizar (básicamente hay que acudir al notario y a los registros correspondientes)

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Madrid pregunta:

Plazos para obtener el divorcio de mutuo acuerdo
Quiero divorciarme de mutuo acuerdo de mi pareja. Ella está prácticamente convencida, pero temo que se pueda echar atrás. ¿cúanto tiempo tardaría en tener mi sentencia? ¿una vez que tuviéramos sentencia ella ya no podría renunciar a concederme el divorcio?

El abogado responde:

En primer lugar ya no debe hablarse en términos de "conceder" el divorcio. Hoy en día, y tras la Ley 15/2005 de modificación del régimen de la separación y el divorcio; ya no es necesario un presupuesto causal. es decir, para divorciarse, basta que alguien lo desee sin que medie causa alguna. (Sólo han ed cumplirse algunos requisitos que puede consultar en el apartado de nuestra web "requisitos").

Una vez aclarado este punto, sí es cierto que para divorciarse de mutuo acuerdo es preceptivo que ambos consientan en hacerlo. Realmente es mucho más económico y rápido. Los plazos de obtención de la sentencia de divorcio, dependen de cada Juzgado ; y en la actualidad es bastante la acumulación de trabajo que tienen. Como veo que eres de Madrid, aún es más complicado decirlo, pues te correspondera un Juzgado u otro según la zona o partido judicial en el que vivas. Como media, podemos decir que, desde que presentamos la demanda, citarán a ratificarla en el plazo de dos a tres semanas; y la sentencia en un divorcio de mutuo acuerdo tardará entre uno y tres meses (aunque ya digo que en concreto en Madrid, puede irse a un poco más de tiempo).

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Valladolid Pregunta:

Mi marido reside fuera de España y le es prácticamente imposible acudir a España para ratificar el divorcio de mutuo acuerdo, ¿Qué solución me podéis dar?

El abogado responde:

Lo primero que ha de hacerse es la firma entre tú y él del Convenio Regulador, donde se van a recoger todas las medidas a tomar como consecuencia del divorcio.  Y dependiendo del país donde resida tu marido, hay distintas soluciones. Si reside en un país de la Unión Europea, debería dirigirse al consulado español en ese país y realizar un documento que se denomina "poder para pleitos con poder especial" al que hay que añadir el Convenio Regulador, previamente firmado. Si reside en un país que no es de la Unión Europea deberá igualmente dirigirse al consulado español en ese país y realizar el mismo documento, pero en este caso ha de sellarse con la apostilla de La Haya, que es un sello que otorga validez a este documento en otros países. La tercera posibilidad es que él acudiera en España a una Notaria y realizara el poder para pleitos con poder especial adjuntando el Convenio Regulador.

Teléfono: 910075327
695353664

ABOGADOS DE DIVORCIOS separaciones y divorcios de mutuo acuerdo. Tel: 910075327 / 695353664